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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP otorgó el beneficio de renuncia a la persecución penal a 35 comparecientes de la Fuerza Pública (Foto:JEP)
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP otorgó el beneficio de renuncia a la persecución penal a 35 comparecientes de la Fuerza Pública vinculados al Batallón de Infantería No. 14 “Capitán Antonio Ricaurte” (BIRIC).
La decisión establece que estos comparecientes no fueron identificados como máximos responsables en nueve hechos relacionados con asesinatos y desapariciones forzadas que dejaron 11 víctimas entre 2003 y 2008. Al acogerse a la Ruta No Sancionatoria y cumplir los requisitos exigidos por la Jurisdicción Especial para la Paz, se extingue la acción penal y disciplinaria en su contra, lo que conlleva el archivo de los procesos que cursaban en la justicia ordinaria.
La magistratura verificó que los comparecientes realizaron aportes efectivos a la verdad, entregando información que permitió ampliar el conocimiento sobre los hechos investigados. Según la JEP, los exmilitares reconocieron su participación en dos modalidades criminales que operaron en Santander y Norte de Santander: el asesinato de personas señaladas por informantes y el engaño a civiles mediante falsas ofertas de trabajo para posteriormente presentarlos como bajas en combate.
Entre las víctimas identificadas en municipios como Matanza, El Playón, Suratá, Lebrija, La Esperanza y Sabana de Torres se encuentran Joaquín Tarazona, Luis Alfredo Cossio, José Alberto Martínez, Juan de Jesús Díaz, Didier Lasso, Yimy Alexander Ortiz, Luis Carlos Sinín, Adonai Gutiérrez, Venicio Muñoz, Álvaro Hernán Díaz y Julián Andrés Arroyave.
Como parte del componente restaurativo, los comparecientes participaron en actos de reconocimiento y solicitud de perdón a las víctimas y sus familias. Asimismo, asumieron compromisos orientados a la reparación simbólica y a la reivindicación del buen nombre de las personas afectadas. Entre las medidas definidas se contempla la realización de una audiencia pública en la región para reconocer su responsabilidad y contribuir a la construcción de memoria.
La resolución también establece restricciones para los beneficiarios en relación con el ejercicio de funciones dentro de la Fuerza Pública. Además, la Subsala Tercera ordenó la revocatoria de reconocimientos, estímulos e incentivos que hubieran sido otorgados con ocasión de operaciones posteriormente identificadas como ilegítimas.
Durante el análisis del caso, la JEP determinó que uno de los hechos evaluados correspondió a una operación militar legítima. De igual forma, la información aportada por los comparecientes permitió identificar nuevos hechos que no habían sido plenamente esclarecidos, los cuales entraron en proceso de verificación por parte de la jurisdicción.
Con esta decisión, definida en la Resolución Definitiva de Situación Jurídica -RPP-N°. 1881 del 04 de junio de 2026, la JEP continúa avanzando en la definición de la situación jurídica de integrantes de la Fuerza Pública sometidos a la justicia transicional. Según la entidad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ha resuelto hasta la fecha el estatus legal de 839 comparecientes pertenecientes a las diferentes ramas militares y policiales. Entretanto, continúan los procesos relacionados con quienes son investigados como posibles máximos responsables de estos hechos.
(Foto: JEP)

