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15 abril, 2026Corte Constitucional reafirma límites de la excepcionalidad y ordena devolución de impuestos recaudados en emergencia
Corte Constitucional reafirma límites de la excepcionalidad y ordena devolución de impuestos recaudados en emergencia
La Corte Constitucional emitió un segundo fallo clave que marca un precedente en materia tributaria y de respeto al Estado de derecho. La decisión tumba los impuestos decretados durante la emergencia económica de diciembre de 2025, al considerar que la excepcionalidad no puede desbordar la reserva de la ley. Con ello, se ratifica que las medidas extraordinarias deben ajustarse a los límites constitucionales y no pueden imponerse cargas fiscales sin el respaldo legislativo correspondiente.
María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombo Americana (AmCham Colombia), destacó que el pronunciamiento no solo protege la Constitución, sino que también garantiza la seguridad jurídica de los contribuyentes. “La excepcionalidad tiene límites y los impuestos no pueden imponerse desbordando la reserva de la ley”, señaló, subrayando que la Corte ordenó devolver los recursos recaudados durante la emergencia. Se trata de una cifra significativa que, según la directiva, pertenece a los ciudadanos y no al Gobierno.
El fallo adquiere relevancia en un contexto de incertidumbre económica, pues la devolución de los recaudos implica un alivio para empresas y personas naturales que se vieron afectadas por las medidas extraordinarias. La Corte Constitucional envía así un mensaje de confianza institucional, al garantizar que las decisiones excepcionales no pueden convertirse en mecanismos permanentes de tributación. Este pronunciamiento fortalece la transparencia y la previsibilidad en la política fiscal del país.
De cara a una eventual segunda emergencia, Lacouture insistió en la necesidad de contar con criterios claros y consistentes que otorguen certeza al país. La Cámara Colombo Americana reiteró que la seguridad jurídica es un pilar fundamental para la inversión y el desarrollo económico, y que la confianza en las instituciones depende de que las reglas se apliquen con rigor y respeto a la Constitución. Con este fallo, la Corte reafirma que la excepcionalidad no puede ser excusa para vulnerar derechos ni para imponer cargas tributarias por fuera de la ley.
(Foto: Tomada de Revista Dinero)

